Estatutos


Estatutos de la Asociación “Junta Democrática Abierta”

Título I: Disposiciones Generales

Artículo 1: Denominación y Naturaleza

  1. La Asociación “Junta Democrática Abierta” (en adelante, “la Asociación) se constituye como una organización política democrática, cuyos principios se fundamentan en los valores de integridad, justicia, equidad, responsabilidad y compromiso con el bien común.

Artículo 2: Objetivos y Fines

  1. El Partido tiene como objetivo principal promover y defender los intereses generales de la sociedad, basándose en los principios de democracia, transparencia y respeto a los derechos humanos y al estado de derecho.

Artículo 3: Ámbito de Actuación

  1. El ámbito de actuación del Partido se extiende a nivel nacional, comprometiéndose a participar activamente en la vida política del país y a contribuir al desarrollo socioeconómico y cultural de la nación.

Título II: Principios Fundamentales

Artículo 4: Valores Éticos

  1. El Partido se compromete con los siguientes valores éticos irrenunciables:
    • Integridad y Transparencia: Actuar con honestidad y transparencia en todas las acciones y decisiones.
    • Justicia y Equidad: Promover la igualdad de oportunidades y la justicia social en todas las políticas y programas.
    • Responsabilidad y Compromiso: Asumir la responsabilidad por las acciones del Partido y de sus miembros en la consecución del bien común.

Artículo 5: Democracia Interna

  1. El Partido promoverá y garantizará la democracia interna como principio fundamental de su organización, asegurando la participación activa y equitativa de sus miembros en la toma de decisiones y la elección de sus representantes.

Artículo 6: Separación de Poderes y Control Interno

  1. El Partido establecerá mecanismos claros de separación de poderes dentro de su estructura organizativa, asegurando la independencia y autonomía de sus órganos de gobierno y de control.

  2. Ninguna persona que ocupe actualmente un cargo público electo o de responsabilidad gubernamental podrá ejercer funciones ejecutivas en el partido mientras mantenga dicho cargo público.

Título III: Organización y Funcionamiento

Artículo 7: Órganos del Partido

  1. Los órganos del Partido estarán compuestos por:
    • Asamblea General: Máximo órgano de decisión, integrado por todos los miembros del Partido.
    • Comité Ejecutivo: Responsable de la dirección y ejecución de las políticas y decisiones adoptadas por la Asamblea General.
    • Comisión de Ética: Encargada de velar por el cumplimiento de los principios éticos y del Código de Conducta del Partido.
    • Otros órganos y comisiones que se establezcan conforme a los reglamentos internos.

Artículo 8: Funcionamiento de los Órganos

  1. Los órganos del Partido funcionarán de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno, respetando los principios de transparencia, rendición de cuentas y equidad en la representación.

Título IV: Disposiciones Finales

Artículo 9: Modificación de Estatutos

  1. Los presentes Estatutos podrán ser modificados por la Asamblea General del Partido, conforme a los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno y la legislación aplicable.

Artículo 10: Vigencia

  1. Los presentes Estatutos entrarán en vigor una vez sean aprobados por la Asamblea Constituyente del Partido y registrados ante las autoridades competentes según lo establecido por la ley.
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